República
Bolivariana de Venezuela.
Universidad
José María Vargas.
Facultad
de Administración, Gerencia y Contaduría.
Asignatura:
Marco Socio Político
PROYECTO
FINAL
Profesor:
Noel
Mavarez
Autor:
Keilin Rosales C.I:
24.205.384
Caracas, Marzo 2018
¿Cuál de las 5
ramas considera usted más importante para la estabilidad democrática del país:
legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano o electoral?. Razone. Argumente.
Recopile artículos y documentos en los cuales base su exposición. Incorpore a
la plataforma su trabajo escrito (mínimo 15 páginas) donde de respuesta a lo
solicitado
En el sentido abstracto de la expresión, se entiende
poder como la facultad de mandar y ser obedecido, y público como actividad del
Estado. Se define entonces Poder público como la capacidad que tiene el estado
para obligar a alguien a realizar un acto determinado. El poder público es
necesario para el funcionamiento de grupos sociales que confluyen en un espacio
físico cualquiera. Se requiere de un orden y del establecimiento de reglas que permitan
la convivencia humana, la cual se traduce en el ejercicio del poder.
En toda sociedad se conforman grupos que, de una u
otra manera crean un centro de poder que irradia su acción en diversas
direcciones como: religión, economía, cultura, incluso la moda. La sociedad es
una verdadera “constelación de poderes”. Pero esa cantidad de poderes se
concentra en una unidad organizada y permite el armónico desenvolvimiento de
los distintos estratos de la sociedad, lo que conduce a la integración del
poder político. El poder nace como una necesidad de asegurar la convivencia
humana, por lo tanto, si no hay orden y autoridad, se destruye la posibilidad
de convivir y de interactuar en una sociedad capaz de alcanzar la categoría de
Estado.
En general, poder público (aunque se suele usar en
plural: "poderes públicos") significa conjunto de órganos e
instituciones del Estado. Estas instituciones se agrupan entorno a tres
diferentes poderes: poder legislativo, ejecutivo y judicial.
De acuerdo con su ordenamiento jurídico, la
República Bolivariana de Venezuela es un Estado Democrático, Social de Derecho
y de Justicia. Es un Estado federal descentralizado en los términos que
consagra la Constitución, en el cual la soberanía reside intransferiblemente en
el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en ella y en la
ley, e indirectamente, mediante el sufragio, a través de los órganos que ejercen
el Poder Público (artículos 2 y 5 Constitución). El Poder Público tiene
atribuidas sus competencias de manera exclusiva, las cuales se ejercen con
fundamento en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia,
eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad, con
sometimiento pleno a la ley y al derecho (artículo 141 Constitución).
El Poder Público se encuentra distribuido según la
estructura político territorial a nivel de la República. El mismo, está
integrado por el Poder Público Nacional, de los Estados a los cuales
corresponde el Poder Público Estadal y de los Municipios que corresponde al
Poder Público Municipal (artículo 136 de la Constitución). El Poder Público
Nacional está dividido en cinco poderes: Legislativo, Ejecutivo, Judicial,
Ciudadano y Electoral. Estos dos últimos poderes fueron incorporados en la
normativa Constitucional aprobada en 1999. El Poder Público Nacional se regula
conforme al principio de la separación de poderes. El Poder Legislativo Nacional
es ejercido por la Asamblea Nacional, órgano parlamentario de forma unicameral,
integrado por diputados elegidos en cada una de las veinticuatro entidades
federales, los cuales tienen representación proporcional según una base
poblacional y son electos por periodos de cinco años. Entre sus atribuciones
está la de legislar en materias de competencia nacional y sobre el
funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional; proponer enmiendas y
reformas a la Constitución; ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la
Administración Pública, en los términos establecidos en la Constitución y en la
ley; y discutir y aprobar el presupuesto nacional. El Poder Ejecutivo Nacional
está conformado por el Presidente de la República, el Vicepresidente Ejecutivo,
los Ministros, el Consejo de Ministros, la Procuraduría General de la República
y el Consejo de Estado. Entre sus deberes y atribuciones se encuentran la de
cumplir y hacer cumplir la propia Constitución y las leyes; la dirección de la
acción del Gobierno y de las relaciones exteriores; dictar decretos con fuerza
de ley, previa autorización de una ley habilitante; reglamentar las leyes;
administrar la hacienda pública; celebrar y ratificar tratados, convenios o
acuerdos internacionales; dirigir y ejercer el mando supremo de la Fuerza
Armada Nacional; dirigir informes o mensajes especiales a la Asamblea Nacional,
personalmente o por intermedio del Vicepresidente Ejecutivo; y las demás
atribuciones que le señalen la Constitución o la ley. El Poder Judicial es el
encargado de la administración de justicia y de conocer sobre las causas y
asuntos de su competencia, mediante los procedimientos que determinen las leyes
y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias. Este Poder goza de autonomía
funcional, financiera y administrativa y no está facultado para establecer
tasas, aranceles, ni exigir pago alguno por sus servicios –justicia gratuita-
(artículo 254 de la Constitución). El Poder Ciudadano es autónomo y con poder
de actuación a escala nacional y está destinado a prevenir, investigar y
sancionar los hechos que atenten contra la ética pública, la moral
administrativa, así como velar por la buena gestión y la legalidad en el uso
del patrimonio público, y el cumplimiento y la aplicación del principio de la
legalidad en toda la actividad administrativa del Estado. Este Poder es
ejercido por el Consejo Moral Republicano, el cual está integrado por el
Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General. Los órganos del
Poder Ciudadano son: la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la
Contraloría General de la República (artículo 273 de Constitución). La
Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción y vigilancia de los
derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales
sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos y difusos
de los ciudadanos y está a cargo del Defensor del Pueblo. En desarrollo de sus
atribuciones le corresponde la protección de los derechos humanos; velar por el
correcto funcionamiento de los servicios públicos; interponer las acciones de
inconstitucionalidad, habeas corpus, habeas data y las demás acciones y
recursos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones (artículos 280 y
281 de la Constitución). El Ministerio Público está bajo la dirección del
Fiscal General de la República y tiene entre sus atribuciones la de garantizar,
en los procesos judiciales, el respeto a los derechos y garantías
constitucionales, así como a los tratados, convenios y acuerdos internacionales
suscrito por la República; y ordenar y dirigir la investigación penal en los
casos de perpetración de hechos punibles (artículos 284 y 285 de la
Constitución). La Contraloría General de la República es el órgano de control,
vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y
nacionales, así como las operaciones relativas a los mismos (artículo 287 a 291
de la Constitución). El Poder Electoral, de carácter nacional y autónomo, se
ejerce a través del Consejo Nacional Electoral como ente rector y, como
organismos subordinados se encuentra la Junta Nacional Electoral, la Comisión
de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y
Financiamiento (artículos 292 a 298 de la Constitución). El Poder Público
Estadal, es el que corresponde a los Estados como entidades autónomas e iguales
en lo político, con personalidad jurídica. Es ejercido por dos ramas, el Poder
Ejecutivo y el Poder Legislativo. El Poder Ejecutivo, es a quien concierne el
ejercicio de las funciones de gobierno y administración de cada estado, cuyo
titular es un Gobernador elegido mediante sufragio popular. El Poder
Legislativo de cada Estado legisla sobre la materia de competencia estadal y
sanciona su ley de presupuesto. Este Poder lo ejerce el Consejo Legislativo
cuyos integrantes representan proporcionalmente a la población del Estado y la
de los Municipios. Cada Estado cuenta con una Contraloría, dotada de autonomía
orgánica y funcional, la cual ejerce el control, la vigilancia y la
fiscalización de los ingresos, gastos y bienes estadales, sin perjuicio de las
atribuciones que tiene la Contraloría General de la República (CGR) (artículos
162 y siguientes de la Constitución de la República). Por último, el Poder
Público Municipal está conformado por los Municipios y las entidades locales,
tales como las parroquias, las mancomunidades y los Distritos, lo ejercen dos
ramas: el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. El Poder Ejecutivo, ejerce el
gobierno y la administración del Municipio y está a cargo de un Alcalde,
elegido mediante sufragio. La función legislativa corresponde al Concejo
Municipal, integrado por los Concejales, elegidos mediante sufragio. Cada
Municipio posee una Contraloría, dotada de autonomía orgánica y funcional, la
cual ejerce el control y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes
municipales, sin detrimento de las atribuciones de la CGR. Además, se contempla
el Consejo Local de Planificación Pública, presidido por el Alcalde e integrado
por los Concejales, los Presidentes de las Juntas Parroquiales y por los
representantes de las organizaciones vecinales y de otras de la sociedad civil
(artículo 182 de la Constitución).
Los indicadores del desplome de Venezuela son
numerosos. Por ejemplo, Caracas, su capital, es la ciudad más violenta del
mundo con 119,87 homicidios por cada 1000 habitantes y otras 7 ciudades
venezolanas se encuentran entre las 50 más violentas del mundo. También, el
Fondo Monetario Internacional estima la inflación en el país en más de 700% y
proyecta una inflación mayor a 2000% para el próximo año. Además, es muy
difícil adquirir productos básicos, a tal punto que miles de venezolanos buscan
cruzar la frontera hacia Colombia para adquirir productos de primera necesidad.
Al mismo tiempo, el Gobierno reprime a la oposición
política, prohíbe la libertad de expresión y controla casi en su totalidad la
economía. En menos de un mes el Gobierno removió a los funcionarios que habían
firmado la revocatoria de Nicolás Maduro, impuso un aumento de sueldo que resulta
impagable para las empresas, prohibió difundir las denuncias por corrupción que
tiene Adán Chávez, hermano del expresidente Hugo Chávez, y encarceló con
engaños al líder opositor Daniel Ceballos.
Todo lo anterior deja ver que en Venezuela no existe
un Estado Constitucional. El poder desmedido que detenta el Gobierno en
desmedro de los ciudadanos es lo que no permite prosperar a Venezuela, pues hay
una relación causa-efecto entre las decisiones del gobierno y la prosperidad de
los países. Un país cuya gente ve mermada su libertad por las decisiones de un
gobierno que concentra todo el poder va a ser menos próspero que uno en el cual
las autoridades respetan y hacen respetar las libertades individuales. Lo
primero se agrava más cuando el poder está en manos de una sola persona. Por
ello, los principios del constitucionalismo son necesarios para el desarrollo
de una nación próspera, pues evitan los abusos de poder y resguardan las
libertades individuales, permitiendo la creación de riqueza.
Actualmente, la democracia es considerada como uno
de los elementos básicos del Estado Constitucional. Si simplificamos cabalmente
el término ‘democracia’ podemos definirla como la igualdad de los ciudadanos,
que son quienes participan en el ‘contrato social’ con el Estado, en la toma de
decisiones políticas. En otras palabras, existe democracia cuando las personas que
se rigen bajo una misma constitución son políticamente iguales. Robert Dahl
establece existen cinco criterios, los cuales aseguran la inexistencia de
privilegios de una persona o grupo frente al resto de la sociedad, que debe
cumplir todo gobierno democrático: la participación efectiva y libre de los
ciudadanos, la igualdad en el valor del voto de todos los ciudadanos, la
instrucción política de los ciudadanos, la posibilidad de todos los ciudadanos
de debatir la agenda política y la inclusión de todos los ‘adultos’ habilitados
en la participación política. Los criterios mencionados sirven como puntos de
referencia para medir la democracia en los países, pues es imposible cumplirlos
en su totalidad.
Se podría hablar de la existencia de democracia en
Venezuela si redujéramos el concepto a un rocedimiento para la elección de
autoridades. Efectivamente, Nicolás Maduro ganó las elecciones del año 2013 con
el 55.08% de los votos y la Mesa de la Unidad Democrática, partido de
oposición, fue reconocida por el gobierno de turno después de ganar 99 de un
total de 167 plazas para diputados en el Parlamento venezolano. Sin embargo, si
deslindamos de una definición tan pobre y tomamos en cuenta la persecución y el
encarcelamiento de los opositores; el control y la censura de los medios de
comunicación; el cierre de las fronteras; y el deterioro de la calidad de vida,
incluida la educación, podemos concluir que Venezuela dista mucho de cumplir
los criterios establecidos por Dahl.
La explicación de por qué una sociedad libre tiende
a ser más próspera es relativamente simple. Al existir un marco legal que
permita a los individuos interactuar para satisfacer sus intereses sin
perjudicar a terceros las transacciones entre ellos generan beneficios mutuos, promoviendo
en última instancia el interés público.
“La competencia ocasiona que los precios se reduzcan
hasta el costo de producción, incluyendo las ganancias normales. Esto ocurre
debido a que si los precios exceden los costos, las inusuales ganancias provenientes
de la venta de unidades adicionales motivarían a los competidores a disminuir
un poco sus precios con la intención de atraer a los clientes de otros
productores. La presión competitiva sobre los precios continuaría hasta que los
mismos se equiparen a los costos. Esta tendencia a la igualdad entre precios y
costos explica por qué los economistas concluyen que la competencia es
eficiente”.
Así, un mercado regulado por la oferta y demanda
ofrece productos que efectivamente van a ser adquiridos por los consumidores a
precios cada vez más bajos, lo cual genera riqueza y prosperidad. Y es que la
libertad significa capacidad de elección y para ello es necesario contar con
las más variadas opciones.
Por otro lado, el Gobierno venezolano estableció ciertas
metas e intentó dirigir la actividad económica del país para satisfacerlas.
Ello significó obviar la competencia entre individuos y decidir
paternalistamente qué es lo mejor para los venezolanos. Sin embargo, la
competencia es la mejor guía de los esfuerzos individuales y permite ajustar
las actividades de los individuos entre sí sin intervención coercitiva o
arbitraria del Gobierno que en Venezuela se dio mediante numerosas expropiaciones
sin justificación válida. Ningún individuo ni institución cuenta con suficiente
información para anticiparse a las infinitas posibilidades que pueden darse
durante la interacción humana. Además, la libertad económica está estrechamente
ligada a la libertad individual, ya que en una economía libre, que solo puede darse
dentro de un Estado Constitucional, un individuo puede trabajar libremente y
disponer del mayor porcentaje posible de sus ganancias para elegir entre
múltiples opciones; en una economía planificada las opciones -si es que
existen- son impuestas por la autoridad.
Para concluir, es importante mencionar que los 5
poderes públicos son netamente necesarios para que un país sea totalmente
democrático, el estado venezolano puede ser más fuerte si se tomará en
consideración el poder ciudadano y el poder judicial, ya que lo que se vive
actualmente en el estado venezolano es una gran crisis económica y político-social.


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